PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 484/2010

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Bs. As., 7/7/2010

VISTO el Decreto Nş 459 de fecha 6 de abril de 2010, la Ley Nş 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, la Decisión Administrativa Nş 2 de fecha 11 de enero de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nş 459 de fecha 6 de abril de 2010 se creó el Programa "CONECTAR IGUALDAD.COM.AR" con el fin de proporcionar UNA (1) computadora a alumnas, alumnos y docentes de educación secundaria de escuelas públicas, de educación especial y de Institutos de Formación Docente, capacitar a los docentes en el uso de dicha herramienta y elaborar propuestas educativas con el objeto de favorecer la incorporación de las mismas en los procesos de enseñanza y de aprendizaje.

Que el Artículo 8 del decreto mencionado precedentemente dispone la creación del programa presupuestario que brindará asistencia financiera al "PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD.COM.AR" en el ámbito de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y establece a través de su Artículo 9ş que se financiará mediante la reasignación de partidas presupuestarias del Presupuesto General de la Administración Nacional.

Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 20 – PRESIDENCIA DE LA NACION - Subjurisdicción 14 - SECRETARIA DE CULTURA y de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Organismo Descentralizado 850 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a los efectos de realizar la adecuada ejecución del Programa "La Argentina de los más grandes" orientado a la realización de actividades culturales para los adultos mayores.

Que es menester incrementar los créditos vigentes de la Jurisdicción 20 – PRESIDENCIA DE LA NACION, Organismo Descentralizado 116 - BIBLIOTECA NACIONAL, a efectos de atender gastos salariales como así también apoyar diversas actividades culturales que contemplan gastos operativos de traslados de artistas, publicación de folletos, publicación de obras de distintos autores, como ser escritores, músicos y fotógrafos.

Que asimismo se deben reforzar los créditos de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION para que se pueda llevar a cabo el plan de adquisiciones programado para el presente ejercicio por la CASA MILITAR.

Que para la realización de la competencia "RALLY DAKAR 2011 ARGENTINA - CHILE" se ha suscripto el Protocolo de Acuerdo entre AMAURY SPORT ORGANISATION, la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE, en cual se fijó el aporte que debe efectuar la REPUBLICA ARGENTINA que se destinará íntegramente a cubrir las necesidades de logística y organización de la carrera en territorio argentino exclusivamente en proveedores nacionales.

Que el mencionado aporte se efectuará a través del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TURISMO del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, motivo por el cual resulta necesario incrementar su presupuesto.

Que resulta necesario incrementar el crédito vigente de la Jurisdicción 10 – MINISTERIO PUBLICO, Servicio Administrativo Financiero 360 - PROCURACION GENERAL DE LA NACION, a efectos de atender gastos relacionados a la adquisición de equipos de computación y licencias de software.

Que por otra parte se contempla un refuerzo presupuestario en la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR, Organismo Descentralizado 200 - REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, con el objeto de afrontar los gastos derivados de la provisión de insumos, ensobrado, distribución postal a nivel nacional y digitalización de imágenes de los acuses de recibo de las entregas de los Documentos Nacionales de Identidad, así como también otros gastos relacionados al Nuevo Sistema Documentario.

Que asimismo es menester incrementar el crédito vigente correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, Servicio Administrativo Financiero 325 – MINISTERIO DEL INTERIOR, a fin de iniciar los procesos de compra de insumos destinados a las elecciones presidenciales y legislativas, abiertas y generales, que se llevarán a cabo durante el próximo ejercicio.

Que debe contemplarse en la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, Servicio Administrativo Financiero 380 - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el crédito necesario para la adquisición de UN (1) Buque Guardacostas apto para navegar la zona de hielos en el sector Antártico.

Que adicionalmente se incluye un refuerzo presupuestario en la Jurisdicción 40 – MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, Servicio Administrativo Financiero 334 - ENTE COOPERADOR PENITENCIARIO, con el objeto de afrontar el mayor gasto correspondiente al pago del peculio que perciben los internos procesados y condenados que se desempeñan en los talleres de laborterapia.

Que en el caso de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION se prevé un incremento en sus créditos para atender parcialmente aportes a provincias.

Que es necesario modificar por compensación el presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Organismo Descentralizado 906 – ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD (ANLIS) DR. CARLOS G. MALBRÁN, a efectos de posibilitar la imputación de los intereses y amortizaciones de deuda.

Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, para permitir la atención de compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que los incrementos señalados en los considerandos precedentes se financian mediante rebajas del presupuesto vigente de la ADMINISTRACION NACIONAL.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nş 24.156, sustituido por el Artículo 1ş de la Ley Nş 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1ş — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexas que forman parte integrante del presente artículo.

Art. 2ş — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

———————

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar