Administración Federal de Ingresos Públicos

ADUANAS

Resolución General 3179

Habilitación Provisoria de la Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales (Area Operativa I) y delimitación de la Zona Primaria de Control Aduanero en jurisdicción de la División Aduana de Bahía Blanca.

Bs. As., 8/9/2011

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12564-40-2008 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación se tramitan la habilitación con carácter provisorio de la Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales (Area Operativa I), así como la delimitación de la Zona Primaria de Control Aduanero en la cual el Servicio Aduanero ejercerá sus facultades de control en la citada zona, en jurisdicción de la División Aduana de Bahía Blanca.

Que el predio para la instalación del Area Operativa I de la citada Zona Franca y la Zona Primaria de Control Aduanero, se encuentra ubicado en la Ciudad de Punta Alta, Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la Resolución Nº 356 del ex Ministerio de Economía y Producción del 18 de mayo de 2006, aprobó la Adjudicación para la Concesión de la Explotación de la Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales (Areas Operativas I y II) en favor de la Unión Transitoria de Empresas, conformadas por el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca y la Cooperativa de Luz y Fuerza Eléctrica, Industrias y Otros Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de Punta Alta Limitada, las cuales han constituido la firma Zona Franca Buenos Aires Sur S.A. (ZONASUR), conforme a lo establecido en el punto 15 del Pliego de Bases y Condiciones consignado en el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional.

Que en virtud de que aún restan finalizar obras ya aprobadas para su definición como Zona Primaria de Control Aduanero, el concesionario efectuó una presentación ante la División Aduana de Bahía Blanca, asumiendo el compromiso de su finalización, dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días.

Que lo indicado precedentemente fue constatado por la citada División, quien destacó que estarían cumplidos los requisitos de infraestructura mínimos e indispensables requeridos para la habilitación de la Zona Franca y la delimitación de la Zona Primaria de Control Aduanero, conforme a los criterios y procedimientos previstos, respectivamente, en las Resoluciones Generales Nº 270 y sus modificatorias y Nº 355.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1º — Habilítase, con carácter provisorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, el funcionamiento de la Zona Franca de Bahía Blanca - Coronel Rosales (Area Operativa I), ubicada en la Ciudad de Punta Alta, con una superficie de CINCUENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON OCHENTA Y CUATRO (50.746,84) metros cuadrados, dentro de la nomenclatura catastral Parcela 456e, Circunscripción VI del Partido de Coronel Rosales.

Art. 2º — Determínanse los límites de la Zona Primaria de Control Aduanero de la Zona Franca de Bahía Blanca - Coronel Rosales (AOI), en jurisdicción de la División Aduana de Bahía Blanca, como se indica en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.

Art 3º — Habilítase, con carácter provisorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, el predio indicado en el artículo precedente como Zona Primaria Aduanera, en los términos del Artículo 5º del Código Aduanero.

Art.  4º — La División Aduana de Bahía Blanca procederá a dictar la disposición que establezca las condiciones de funcionamiento de la Zona Franca de Bahía Blanca-Coronel Rosales (Area Operativa I), de acuerdo con lo previsto en el Anexo III, Apartado b), punto 1 de la Resolución General Nº 270 y sus modificatorias.

Art. 5º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, al Grupo Mercado Común —Sección Nacional—, a la Secretaría Administrativa de la ALADI (Montevideo R.O.U.) y a la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México D.F.), al Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires y al Ente Zona Franca de Bahía Blanca. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO

(Artículo 2º)
LIMITES DE LA ZONA PRIMARIA DE CONTROL ADUANERO DE LA ZONA FRANCA DE BAHIA BLANCA-CORONEL ROSALES (AREA OPERATIVA I)

Posee una superficie total de DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (10.258) metros cuadrados y sus límites son los que se detallan a continuación: con frente al noreste limita con el cercado adyacente al camino de acceso con un total de CIENTO CINCO CON SESENTA (105,70) metros lineales; al sureste tiene como límite su cerca perimetral con un total de OCHENTA Y SIETE CON SESENTA (87,60) metros lineales; al noroeste, con OCHENTA Y SIETE CON SESENTA (87,60) metros lineales, la misma limita con los cercados perimetrales de la Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales (AOI) y al suroeste, limita con los cercados perimetrales de la Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales (AOI), con CIENTO CATORCE CON OCHENTA Y CINCO (114,85) metros lineales.