MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decisión Administrativa 976/2011

Modifícase la Decisión Administrativa Nº 175/10, relacionada con el Organigrama de la Secretaría de Relaciones Institucionales.

Bs. As., 30/9/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0118381/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9 de abril de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9 de abril de 2010, se aprobaron las estructuras organizativas del primer nivel operativo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, todas dependientes del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que el notable incremento de actividades y la experiencia adquirida a través del tiempo transcurrido torna indispensable efectuar una reformulación integral de la organización de las unidades que integran la SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES con el fin de optimizar el funcionamiento de la misma.

Que la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la debida intervención.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 7º del Decreto Nº 21 de fecha 10 de diciembre de 2007.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Sustitúyese el Anexo Ic —Organigrama— de la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9 de abril de 2010, correspondiente a la SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la que quedará conformada de acuerdo con el Anexo que, con idéntica denominación, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Incorpóranse al Anexo II de la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9 de abril de 2010, en la parte correspondiente a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL dependiente de la SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección Nacional de Juventud Rural y de la Dirección Nacional de Relaciones Institucionales con el Sector Científico-Académico, de conformidad con el Anexo II que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou. — Julián A. Domínguez.

ANEXO Ic

ANEXO II

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL

DIRECCION NACIONAL DE JUVENTUD RURAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Superioridad en la coordinación institucional, diseño y ejecución de políticas públicas destinadas a jóvenes rurales, con el fin de promover el arraigo mejorando la calidad de vida en el lugar de origen.

ACCIONES

1. Diseñar e implementar las acciones orientadas a la elaboración de un diagnóstico dinámico de la situación de los jóvenes rurales, con el fin de desarrollar las políticas necesarias para el sector.

2. Planificar, ejecutar y evaluar políticas orientadas a la juventud rural, con especial énfasis en la promoción del arraigo.

3. Asistir a la Superioridad en la coordinación y articulación con las demás áreas del ESTADO NACIONAL y del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en la implementación de acciones y políticas orientadas a los jóvenes rurales en el territorio nacional.

4. Coordinar institucionalmente los programas y proyectos que consideren las diferentes problemáticas de los jóvenes rurales.

5. Promover, apoyar y coordinar institucionalmente acciones orientadas a la participación de los jóvenes rurales, en distintas actividades que favorezcan su desarrollo personal y el de sus comunidades.

6. Promover la participación de los jóvenes rurales, sus grupos y organizaciones, orientada a fortalecer su identidad individual y colectiva.

7. Proponer alternativas de financiación de proyectos impulsados por jóvenes en el medio rural.

8. Asistir a la Superioridad en la coordinación institucional, el diseño y formulación de instrumentos de asistencia y adhesión orientados a los jóvenes del medio rural en coordinación con los Gobiernos Provinciales y Municipales.

9. Promover y fomentar la institucionalización de los espacios de juventud rural a nivel Nacional, Provincial y Municipal.

10. Promover las relaciones institucionales y fortalecer los vínculos existentes con las organizaciones donde participan jóvenes rurales, Organizaciones no Gubernamentales, Entidades Empresarias, Universidades nacionales públicas y privadas y entidades gremiales, impulsando acciones destinadas a satisfacer las demandas y carencias del sector.

11. Promover iniciativas socio-culturales orientadas a la juventud rural.

12. Promover acciones orientadas a fortalecer a los jóvenes del ámbito rural, fundamentalmente a partir de los ejes principales del arraigo, la producción local, el asociativismo y el valor agregado en origen y la inclusión social, en coordinación institucional con las áreas competentes del Ministerio y del ESTADO NACIONAL.

13. Promover la vinculación institucional con otros organismos del ESTADO NACIONAL y del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA que tengan a los jóvenes como sujeto de políticas públicas.

ANEXO II

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES CON EL SECTOR CIENTIFICOACADEMICO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el desarrollo de las acciones tendientes a establecer una sólida coordinación institucional con entidades científicas, académicas, universidades, escuelas agrotécnicas y servicios de extensión rural en todo lo referido a las políticas formativas de los individuos vinculados a los sectores productivos agroalimentarios y agroindustriales.

ACCIONES

1. Participar en la coordinación de las relaciones institucionales entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y entidades científicas, académicas, universidades, escuelas agrotécnicas y servicios de extensión rural que conforman el Sector Científico-Académico Agroalimentario y Agroindustrial.

2. Asistir en la promoción y generación de metodologías de participación a fin de articular la asistencia técnica y las acciones de cooperación entre entidades científicas, académicas, universidades, escuelas agrotécnicas y servicios de extensión rural y las distintas dependencias y entes descentralizados del referido Ministerio.

3. Proponer y evaluar instrumentos y herramientas metodológicas en la construcción de ejes estratégicos de las políticas de los sectores agroalimentario y agroindustrial aportadas por el Sector Científico-Académico.

4. Coordinar con el MINISTERIO DE EDUCACION, los Ministerios de Educación Provinciales, el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA y los demás entes integrantes del Sector Científico-Académico Agroalimentario y Agroindustrial, acciones referidas a las políticas formativas del mismo.

5. Asistir a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL en la evaluación y control de las acciones de asistencia técnica y cooperación entre entidades del Sector y las diferentes áreas ministeriales.

6. Proponer y coordinar proyectos de jurisdicción ministerial, relacionados con los sectores agroalimentario y agroindustrial, que integren a las comunidades del Sector Científico-Académico a los nuevos requerimientos de la realidad socioproductiva nacional.

7. Diseñar y proponer planes que permitan vincular el conocimiento con los agentes de la producción local.

8. Elaborar y proponer proyectos de capacitación y extensión rural con las diferentes entidades del Sector.

9. Elaborar, proponer y ejecutar cuando corresponda, proyectos productivos con los actores del Sector, mediante la participación de los respectivos Ministerios de Educación, Nacional y/o Provinciales.