MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución Nº 790/2014
Bs. As., 6/8/2014
VISTO el Expediente Nº S02: 0090608/2014 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 8° del Decreto Nº 1840 de fecha 12 de noviembre de 2011
dispuso que el personal que prestara servicios en la ADMINISTRACION
NACIONAL DE AVIACION CIVIL, en ejercicio de las competencias que fueran
transferidas a la FUERZA AEREA ARGENTINA por imperio de dicha norma,
pasara a revestir sus funciones, en comisión, en la DIRECCION GENERAL
DE TRANSITO AEREO de la FUERZA AEREA ARGENTINA, por el plazo de UN (1)
año, contado a partir de la vigencia del mencionado Decreto.
Que el citado Decreto entró en vigencia a partir de su dictado según lo estipula en su artículo 9°.
Que el artículo 1° del Decreto Nº 2170 de fecha 8 de noviembre de 2012,
prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días el plazo de UN (1) año
establecido en el artículo 8° del Decreto Nº 1840/11.
Que el artículo 2° del Decreto Nº 2170/12 delegó en el MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE la facultad de establecer una prórroga adicional
al plazo establecido en el artículo 1° del mismo, por hasta CIENTO
OCHENTA (180) días.
Que posteriormente, por la Resolución Nº 301 de fecha 10 de mayo de
2013 de este Ministerio se prorrogó adicionalmente por CIENTO OCHENTA
(180) días el plazo establecido por el artículo 8° del Decreto Nº
1840/11.
Que el artículo 1° del Decreto Nº 1782 de fecha 12 de noviembre de
2013, prorrogó por NOVENTA (90) días el plazo de UN (1) año establecido
en el artículo 8° del Decreto Nº 1840/11, prorrogado por el Decreto Nº
2170/12 y por la Resolución Nº 301/13 de este Ministerio.
Que el artículo 2° del Decreto Nº 1782/13 delegó en el MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE la facultad de prorrogar el plazo establecido en
el artículo 1° del mismo.
Que en consecuencia, mediante la Resolución Nº 38 de fecha 4 de febrero
de 2014 se prorrogó adicionalmente por CIENTO OCHENTA (180) días el
plazo establecido por el artículo 1° del Decreto Nº 1782/13.
Que atento el inminente vencimiento del plazo mencionado anteriormente,
y encontrándose en estudio el Proyecto de Ley sobre la prestación del
servicio público de la navegación aérea, se entiende pertinente
prorrogar dicho plazo por CIENTO OCHENTA (180) días adicionales.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 2° del Decreto Nº 1782 de fecha 12 de noviembre de 2013.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorrógase adicionalmente por CIENTO OCHENTA (180) días
el plazo establecido por el artículo 1° del Decreto Nº 1782 de fecha 12
de noviembre de 2013, prorrogado por la Resolución Nº 38 de fecha 4 de
febrero de 2014 de este Ministerio.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del
Interior y Transporte.
e. 11/08/2014 Nº 57146/14 v. 11/08/2014